Calendario de días festivos del año 2009

El Consejo de Gobierno aprobó un decreto por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2009, según el cual las fiestas laborales retribuidas y no recuperables serán las siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 9 de abril, Jueves Santo.
  • 10 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 8 de septiembre, Día de Extremadura.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.
En aplicación de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, el descanso laboral correspondiente al día 1 de noviembre se disfrutará el lunes día 2 de noviembre, y el correspondiente al día 6 de diciembre se disfrutará el lunes día 7 de diciembre, por coincidir esas fiestas en domingo.Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables - con el carácter de fiestas locales -, otros dos días que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo. La relación de fiestas locales se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
:: JUNTA AL DÍA ::

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